|
Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados, ciclomotores y coches de minusválido se exigirá estar en posesión de la correspondiente licencia de conducción.
El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válido y vigente, y deberá exhibirlos ante los Agentes de la Autoridad que lo soliciten.
La concesión de las licencias de conducción quedará condicionada a la
verificación de que los conductores reúnen los requisitos de aptitud psicofísica
y los conocimientos, habilidades, aptitudes y comportamientos exigidos
para cada una de ellas. Son expedidas por las Jefaturas Provinciales y
Locales de Tráfico, y son de alguna de las siguientes clases:
- Para conducir ciclomotores (Hacemos
cursos de ciclomotores durante todo el año)
- Para conducir vehículos para personas de movilidad reducida
(coches de minusválido)
- Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados
y conjuntos de los mismos cuya masa o dimensiones máximas autorizadas
no excedan de los límites establecidos para los vehículos ordinarios.
EDAD
La edad mínima requerida para obtener licencia de conducción será la siguiente:
- Catorce años cumplidos para la que autoriza a conducir ciclomotores y para la que autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida (coches de minusválido).
No obstante hasta los dieciséis años cumplidos la licencia no autorizará a conducir los correspondientes vehículos cuando transporten viajeros.
- Dieciséis años cumplidos para la que autoriza a conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados y conjuntos de los mismos.
OTROS REQUISITOS:
- Tener la residencia normal en España o, de ser estudiante, demostrar la calidad de tal durante un período mínimo continuado de seis meses en territorio español, y haber cumplido la edad requerida.
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea.
- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de licencia que se solicite.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase de licencia solicitada.
- Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor, o, en su caso, del pasaporte, del documento de identificación de Extranjeros (N.I.E.) que acredite su residencia normal o condición de estudiante en España durante el período exigido, en unión de los documentos originales que serán devueltos una vez cotejados.
- Informe de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, de la provincia donde solicite el trámite, al que se hallará adherida una fotografía actualizada del solicitante.
- Dos fotografías actualizadas, de 35 x 25 mm., iguales a la que se halle adherida al informe de aptitud psicofísica a que se refiere el punto anterior.
- Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
- Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase al solicitado.
- Fotocopia del permiso o licencia de conducción que, en su caso, posea, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, acompañado del documento original que será devuelto una vez cotejado. Dicho documento será entregado por su titular, con carácter previo a la recepción del nuevo permiso expedido.
 |
|